¿Feliz cumpleaños?

Por MNU y Lic. Gabriel Ballesteros Martínez

Instrumentar el Derecho a la Ciudad es la agenda urbana en la que está inmerso el país y de la cual, en efecto, no estamos al día en Querétaro.

Hace 5 años que tenemos el nuevo Código Urbano, publicado el 31 de mayo de 2012; legislación criticada y luego acusada, que vivió el suspenso de ser revisada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (36 meses), donde pasó la prueba de una supuesta controversia constitucional con el orden municipal de gobierno. Por cierto, controversia promovida desde las sombras por algunos especuladores de suelo.

Instrumento jurídico para el porvenir de nuestras ciudades que disgustó a algunos desarrolladores por obligarles a dotar a la ciudad de equipamientos terminados y no solo permitirles donar solares inútiles para el patrimonio social y espacial de la comunidad, como se hacía desde 1992.

Ley que ya fue reformada en 2015 para satisfacer algunas voces que prefieren urbanizar sin calidad de espacio público y que estuvieron a punto de colarle un párrafo que les permitiera conmutar dinero a las alcaldías por áreas verdes para la comunidad (versión del artículo 156 que devolvió el Gobernador Calzada en su momento a los legisladores, sin publicar, porque atentaba contra más de 2,200 hectáreas de áreas verdes, según proyecciones a 2030).

Un documento que ha sido cuestionado por muchos, autoridades incluso (algunas que no lo han siquiera leído, me consta) y del cual algunas de sus nuevas instituciones urbanísticas permanecen vírgenes, pues ni los gobiernos, ni los colegios, ni las cámaras promueven su uso. Curioso resulta que en diversos foros algunos de estos actores hablan de lo útiles que serían estas instituciones (¿¡?) … polígonos de actuación, operaciones coaligadas, obras por cooperación, asociaciones público privadas, secretariados técnicos, institutos de planeación; todas están ya ahí.

La ironía de que ya estén en el texto legal y nadie las ocupe es terrible, trágica. Pero no es de extrañarnos, no se ha gastado un peso público en su difusión. Quienes desarrollan no las conocen y quienes las deberían promover desde el gobierno las ven con riesgo de que su status quo pueda cambiar. Un ejemplo de esto es la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano, que fue concebida como el policía del sistema y que a punto ha estado y quizá está de desaparecer pues la actual administración estatal no se le considera relevancia… pocos la usan; vaya tragedia en una entidad federativa donde a diario muchos construyen sin licencia, se poda o se despalma sin permiso y donde se extraen materiales, en ocasiones, en la más evidente impunidad.

Y es que un texto legal sin instrumentación puede ser una tomada de pelo legislativa. Una falla del Ejecutivo estatal, y una irresponsabilidad de los presidentes municipales y sus ayuntamientos, quienes tienen la obligación de proveer en la esfera administrativa al exacto cumplimiento de la ley, es decir, hacer reglamentos. Una ley sin reglamentos no solo queda a merced de la discrecionalidad y de la interpretación; queda a merced de la crítica sin fundamento; normas sin operatividad a menudo tergiversadas por casuales peritos y jefes de departamento para sustentar el abuso de poder; o peor aún, se vuelven instituciones abiertas al oportunismo legislativo.

En ese escenario está el Código Urbano en este momento. Instituciones como la CEA, la CEI y todo el modelo para decidir, socializar, diseñar y ejecutar la obra pública requieren con urgencia un entramado legal coherente, integrado… no opaco.

Varios son los reglamentos que deberían haber sido ya creados y que darían el andamiaje para cumplir varios de los objetivos que señala el Artículo 3º:

 

“…Todas las personas residentes en el Estado de Querétaro tienen derecho al disfrute de ciudades sustentables, justas, democráticas, seguras, equitativas, para el ejercicio pleno de sus derechos humanos, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales”…:

De acuerdo a los Artículos Transitorios Tercero y Cuartos del nuevo Código Urbano de 2012 tanto el Titular del Ejecutivo como los Ayuntamientos están en falta. Deberían ya haberse discutido y emitido los siguientes cuerpos reglamentarios, cuando menos:

 

  • Reglamento de Desarrollos Inmobiliarios
  • Reglamento General de Propiedad en Condominio y Relaciones Vecinales
  • Reglamento de Construcciones, Normas Técnicas y Usos de Suelo
  • Reglamento de Observatorios Urbanos.
  • Reglamento de Aguas

 

De la misma manera ya debería haberse revisado y actualizado la Ley de Planeación que data de 1993 cuando éramos otro Querétaro. Por otra parte, nuestra agenda para el desarrollo urbano tiene pendiente en la mayoría de los municipios la revisión y actualización de sus planes y programas de desarrollo. Máxime que ahora es obligación para los que tienen más de cien mil habitantes hacerlo en dos años, de acuerdo a un Transitorio de la nueva legislación federal de la materia.

No es menor la necesidad de estos instrumentos. Bastaría con preguntarle a los jueces de lo Contencioso Administrativo para ratificar si son urgentes y lo mucho que atemperarían las relaciones entre el sector inmobiliario y los municipios.

Bastaría con asistir a unas cuantas asambleas condominales para identificar el caos que se ha gestado y las grandes confusiones que permite una ley sin detallar. A gritos piden estas grandes comunidades urbanas como Ciudad del Sol, Rancho Bellavista o el mismo Campanario, una estructura normativa comprensible.

Lo dramático es que muchos de estos instrumentos existen ya al nivel de proyecto; están en cajones de la SDUOP y en las Secretarías del Ayuntamiento pero su cabildeo es tímido; surge y se desvanece de conformidad a los particulares momentos de tensión entre el sector y las administraciones públicas. Toma fuerza en las campañas electorales para luego volver a dormir cuando ya no es necesario despertar a ese monstruo llamado debate.

Lo inquietante es que ahora hay que ajustar el Código Urbano a la Nueva Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano publicada en noviembre pasado. En ella vienen nuevas instituciones como el reordenamiento parcelario; las bases para la sustentabilidad financiera del desarrollo urbano. Las nuevas instituciones para la democratización de ordenamiento territorial, como lo es la estructura de Consejos y Comités de Desarrollo Urbano y la posibilidad de sancionar a aquellas autoridades que permitan la realización de edificaciones o cambios de uso de suelo que no se apeguen a los programas de desarrollo urbano.

También en esta nueva ley federal se detallan los principios para generar la transformación de la movilidad urbana (Artículo 73); principios que, si los Diputados de Acción Nacional en nuestra actual Legislatura hubieran considerado, por ninguna razón habrían reformado los artículos 178 y 180 del Código Urbano para permitir controles de acceso en fraccionamientos y conceder en la práctica el cerramiento de colonias…

Entre otras cosas, la nueva legislación federal señala las bases para que a nivel local se generen las herramientas para garantizar la solidez del sistema de planeación urbana, una asignatura donde estamos reprobados los queretanos; esa en conjunto con la gobernanza metropolitana que viene en el Artículo 35, ahora obligatoria y donde nuestros alcaldes conurbados se resisten de acuerdo al color de su partido o en virtud de la carrera electoral hacia la gubernatura.

En su quinto aniversario nuestro Código Urbano pareciera que no tiene ni quien le prenda una velita; parece que no tiene amigos; ha sufrido bullying de varios actores: de los que lo ignoran; de los que no quieren cinturones o lo que es lo mismo, que se institucionalice; de aquellos que no lo aplican y de aquellos que lo prefieren blando e incoercible. Ahora esperemos que los ajustes con la ley federal no signifiquen la oportunidad para que legisladores irresponsables permitan ocurrencias en favor de unos cuantos.

En este escenario, desde Hacer Ciudad y con un gran optimismo queremos desearle un muy feliz cumpleaños a nuestra ley urbana, que a un lustro de su advenimiento sigue a la espera de su adecuada instrumentación.  Y digo con optimismo, pues el Código anterior pasó así veinte años…

 

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